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Los Sábados, días INHÁBILES a efectos de plazos legales.

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Te informo de que según lo dispuesto en el artículo 30 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015), así como en la Disposición Final Séptima de la misma (en general determina que la entrada en vigor de la norma se produce al año de su publicación), a partir del 2 de octubre próximo los sábados serán días inhábiles a efectos del cómputo de plazos, uniéndose a los domingos y festivos que ya se consideraban así.

 

Por lo tanto, a partir de dicha fecha, cuando un plazo termine en sábado, se entenderá prorrogado al lunes siguiente.

 

Esperando que esta información te parezca útil, recibe un cordial saludo.

 

Asesoría Gandía.

[email protected]

96-287 58 40