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Impuesto de Sociedades 2015… ¿Qué es y a quienes afecta?

 ISMOD200Cuando nos acercamos a la fecha final      para presentar la Declaración de la    Renta, iniciamos una nueva campaña    informativa: Impuesto sobre   Sociedades. Desde el 1 de julio y hasta el    día 25, se podrá presentar la   declaración sobre Impuesto de   Sociedades. 

 

 

 

 

 

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

Si la renta es obtenida por personas físicas, el impuesto que establece Hacienda es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), pero si se trata de una persona jurídica (sociedad, asociación, fundación, etc.), o un ente sin personalidad jurídica que se considere sujeto pasivo (fondo de inversión, UTE, fondo de pensiones, etc.), la obligación tributaria se lleva a efecto por medio del Impuesto sobre Sociedades. Por lo que se trata de un impuesto en el que se presenta la declaración de los ingresos obtenidos por parte de las empresas y organizaciones. Es por tanto un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

Estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades toda clase de entidades con residencia en España, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que tengan personalidad jurídica propia, excepto las sociedades civiles. Asimismo, también estarán obligadas a presentar la declaración de este Impuesto algunas entidades carentes de personalidad jurídica propia como son:

  • Los fondos de inversión regulados en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Las uniones temporales de empresas.
  • Los fondos de capital-riesgo.
  • Los fondos de pensiones.
  • Los fondos de regulación del mercado hipotecario.
  • Los fondos de titulización hipotecaria.
  • Los fondos de titulización de activos.
  • Los fondos de garantía de inversiones.
  • Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
  • Los Fondos de Activos Bancarios.

Además, les avisamos de que todas estas entidades deberán presentar el Impuesto, con independencia de que hayan desarrollado o no su actividad durante el trimestre anterior y de que se hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto. Las “sociedades inactivas” tienen la obligación de realizar la presentación.

¿Quiénes no estarán obligados a declarar?

La norma también nos establece algunas excepciones a esta obligación. Estarán exentos de presentar este Impuesto:

  • Las entidades declaradas totalmente exentas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades como son los organismos y administraciones públicas.
  • Las comunidades titulares de montes vecinales en mano común respecto de aquellos períodos impositivos en que no tengan ingresos sometidos al Impuesto sobre Sociedades, ni incurran en gasto alguno, ni realicen las inversiones que dan derecho a la reducción en la base imponible específicamente aplicable a estos sujetos pasivos.
  • Los partidos políticos, en relación a las rentas exentas.
  • Las entidades parcialmente exentas indicadas en la Ley tales como las organizaciones sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones de cooperativas, colegios y asociaciones empresariales o las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

No obstante, para que las entidades anteriores queden totalmente exentas de presentar la declaración de este impuesto, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que sus ingresos totales no superen los 75.000 euros anuales.

b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.

c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.

 

ISMOD200

 

Consulta con nosotros para la confección y presentación de tu Impuesto de Sociedades 2015.